CONSULTA DE MULTAS
De acuerdo al artículo 12 del Reglamento de Trámites en Sede Administrativa por Incumplimiento del Sufragio, Integración de las Juntas Receptoras del Voto, Participación Obligatoria en las Actividades de Capacitación Programadas a los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto; y, Control de Ingresos, “El Consejo Nacional Electoral publicará el listado de las y los ciudadanos que no concurrieren a votar, los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto que no asistieron a la capacitación; y, que no integraron las mismas, a través del portal web institucional y los medios que considere idóneos para el efecto”.